Entradas populares

miércoles, 1 de enero de 2014

LEY DE REFORMA DEL CONGRESO : SÓLO EL INICIO

Un grupo de juristas y ciudadanos lanzó una campaña de recolección de 60 mil firmas para presentar un proyecto de reforma de la actual Constitución de 1993, basado en la Carta Magna de 1979.
 
La iniciativa ciudadana está conformada por los constitucionalistas Alberto Bórea y Javier Valle Riestra, quienes encabezarán la recolección de adhesiones en todo el territorio nacional, con la proyección de alcanzar el número de firmas necesarias para fin de año.

Si cada persona pasa este mensaje a un mínimo de veinte otras, en tres días la mayoría de los PERUANOS recibirán este mensaje.
 
La hora para esta enmienda a la Constitución es ¡AHORA! El político es un empleado del pueblo, pagado por el pueblo. Debe servir al pueblo y no servirse de él.
 
Bien podrían hacer suya esta propuesta de reforma del Congreso para que nuestros "parlamentarios" dejen de tener las atribuciones y privilegios que ellos mismos se arrogan:

Si el destinatario reenvía este e-mail a un mínimo de veinte personas de su lista de contactos, y a la vez, pide a cada uno de ellos que hagan lo mismo, en tres días, la mayoría de las personas de este país tendrán este mensaje y así se ejercerá presión para que se concrete y nuestros parlamentarios dejen de tener atribuciones súper extra exclusivas.
 
Esta es una idea que realmente debe ser considerada por los ciudadanos. 
 
Una Ley de Reforma del Congreso que constituye una enmienda de la Constitución del PERÚ.
 
1.  El Congresista será asalariado solamente durante el período que haya sido elegido, y no tendrán jubilación de por vida. En la actualidad, luego de ejercer por un solo período, tiene derecho a percibir, a diferencia de los demás ciudadanos, jubilación por el resto de su vida.
 
2.  El Congresista, contribuirá a la Seguridad Social. Todo personero actualmente en el fondo de jubilación del Congreso deberá pasar al régimen vigente de la Seguridad Social, es decir de A. F. P. en forma inmediata. De esta manera, todo Congresista, deberá participar de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social Civil vigente, exactamente igual que todos los ciudadanos de este país. El fondo de jubilación no podrá ser usado para ninguna otra finalidad.
 
3.  El Congresista debe pagar su plan de jubilación, como todos los PERUANOS, en vez que todos los PERUANOS, paguemos su plan de jubilación.
 
4.  Al Congresista no le asistirá el derecho de votar su propio aumento de ingresos parlamentarios.
 
5.  El Congresista, dejará su seguro actual de salud y deberá participar del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos PERUANOS.
 
6.  El Congresista debe cumplir con las mismas leyes y obligaciones que los demás ciudadanos PERUANOS.
 
7.  El Congresista deberá cumplir sus mandatos por no más de 2 legislaturas. ¡SERVIR EN EL CONGRESO ES UN HONOR, NO UNA CARRERA PROFESIONAL!
 
8.    Un congresista no puede ganar mas que un Ministro de Estado y no mas de 14 sueldos al año.
 
9.  SOLO SE PAGARÁ A LOS CONGRESISTAS QUE CUMPLAN CON SU LABOR Y LO DEMUESTREN: LEGISLAR. SE PAGARÁ EN FORMA DIFERENCIADA: POR MOCIÓN, POR PROYECTO Y POR LEY APROBADA.
 
CASO CONTRARIO, DE NO PRESENTAR ALGO, SOLAMENTE SE PAGARÁ EL SUELDO MÍNIMO VITAL.
 
ADEMAS, NECESITAMOS EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN COMPLETO DE LA CONSTITUCIÓN Y LOS PLANILLONES PARA EL LLENADO CORRESPONDIENTE, PARA SOLICITAR DICHA MODIFICATORIA. 
 
SALUDOS.

Alfonso del Aguila 
alfdelavalera@yahoo.com


No hay comentarios:

Publicar un comentario