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sábado, 11 de agosto de 2012

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL O ¿LEY DE CARRERA PÚBLICA PERFECCIONADA?

La ley de la estocada final a los derechos adquiridos de los maestros del Perú
"DISPOSICIONES FINALES DEROGATORIAS.
PRIMERA.- A partir de de la vigencia de la presente Ley queda suprimido todo concepto remunerativo no considerado en la presente ley.
SEGUNDA.- Derógase las leyes Nºs 24029, 25212, 26269, 28718, 29062 y 29762 y déjese sin efecto todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente ley"
Se acabó el suspenso. Ni el Ministerio de Educación ni la Presidencia del Consejo de Ministros asumieron el debate público del proyecto de Ley de Desarrollo Docente anunciado por el Presidente de la República el 28 de julio, antes de enviarlo al Congreso. El "Gabinete del diálogo" le ha pasado ayer la papa caliente del proyecto de "Ley de Reforma Magisterial" (nueva denominación igualmente poco afortunada) al Legislativo.
Estudiemos el texto adjunto del proyecto, para ver:
  • Cómo han fundido en un solo texto: un Estatuto Docente (para docentes públicos y privados; contratados o nombrados; de carrera o fuera de ella) y una Carrera Magisterial para los Profesores nombrados al servicio del Estado (ambas normas de responsabilidad política del Ministerio de Educación), con un sistema de remuneraciones de los últimos, sistema hoy normado por la legislación presupuestaria que está bajo la responsabilidad política del Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Como se considera la evaluación magisterial, como una forma de formación contínua de adultos profesionales o como una forma de SNIP para despedir maestros o como para que nunca los maestros alcancen llegar al máximo nivel.
  • Cómo una forma de exclusión social.
  • Cómo se regulará el paso (inicial y gradual) de los titulares de los niveles de carrera de la Ley del Profesorado 24029 y de la Carrera Pública Magisterial, a los ocho niveles de la nueva Carrera Magisterial, respetando derechos adquiridos que son irrenunciables, incluyendo beneficios remunerativos no implementados por el Gobierno Nacional (salvo por decisión judicial) y sí por varios Gobiernos Regionales. 
  • Cómo se financiará en el Presupuesto (actual y futuros) los incrementos de remuneraciones ofrecidos a todos los maestros en servicio, los inmediatos, así como los derivados de las futuras incorporaciones, homologaciones y ascensos en la nueva Ley de Reforma Magisterial de ocho niveles.
  • Cómo se debe respeta las competencias de las organizaciones magisteriales: gremios, sindicatos, Colegio Profesional. 
¿Cómo procederá el Poder Legislativo para implementar "el más amplio debate" que ofreció el Ejecutivo?. No será fácil en el actual contexto de frustraciones, expectativas y conflicto.  
Otra prueba mas para nuestro glorioso SUTEP, que desde las bases debe dar una respuesta contundente en defensa de la escuela pública y los derechos adquiridos de los maestros.

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